EL TIEMPO EN ESPAÑA

PRONOSTICO EXTENDIDO 5 DIAS CIUDAD BAIRES

EL TIEMPO EN CIUDAD BAIRES

Buenos Aires
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lunes, 19 de marzo de 2012

PUEBLOS ORIGINARIOS DE AMERICA: COLOMBIA


COLOMBIA

COLOMBIA
El censo oficial del año 2005 establece en 41.468.384 el número de habitantes del país, de los que 1.392.623 son indígenas, 4.311.757 negros (afrocolombianos), 30.377 raizales (de lengua creole) y 4.858 gitanos (rom) aunque estos últimos elevan a los 8.000 el número de su población. Raizales y rom son reconocidos como grupo étnico desde 1999.[1] Los indígenas forman parte de los pueblos achagua, amorúa, andoke, arhuaco, awa, barasona, barí, betoye, bora, cañamomo, carapana, chimila, chiricoa, cocama, coconuco, coreguaje, coyaima, desano, dujo, emberá, emberá chamí, emberá katio, eperara siapidara, guainía, guambiano, guanaca, guane, guayabero, hitnu, inga, kamëntsa, kankuamo, karijona, kawiyarí, kofán, kogui, kubeo, kuiba, kurripako, letuama, makaguaje, makuna, masiguare, matapí, miraña, mokana, muisca, nasa-paez, nonuya, nukak maku, ocaina, piapoco, piaroa, piratapuyo, pisamira, puinave, sáliba, senú, sikuani, siona, siriano, taiwano, tanimuka, tariano, tatuyo, tikuna, totoró, tsiripu, tucano, tule-kuna, tuyuka, uitoto, u´wa, vichada, wanano, waunan, wayuu, wiwa, yagua, yanacona, yaruro, yauna, yeral, yuko, yukuna, yuri y yurutí. En Colombia hay también una importante presencia de indígenas otavalos que han emigrado desde Ecuador, así como otros procedentes de Bolivia, Perú y, en menor medida, Brasil, Panamá y hasta México pero la legislación colombiana no les reconoce derechos en calidad de indígenas en su territorio. Y hay otros pueblos que no aparecen en la lista oficial, pero que son reclamados como tales por las diferentes organizaciones indígenas en el país. Es el caso de los andakie, bara, hupdu, juhup, jujupda-jupda, kakua, macahuan, makusa, muiane, pacabuy, pastos, quillacinga, tamas, tanigua, wipiwi, witoto, yarí, yamalero y zenú.
En la zona andina y la costa atlántica vive cerca del 85% de la población indígena, pero son escasamente una docena de pueblos. Se concentran principalmente en los departamentos de La Guajira, Cauca, Nariño y Córdoba los cuales representan el 60% de los indígenas de Colombia. Por su parte, los departamentos en los cuales la población indígena representa un alto porcentaje del total de su población son Guainía (61,5%), Vaupés (58,1%), La Guajira (42,4%), Amazonas (39,8%) y Vichada (39,6%). Algunos de los pueblos originarios están en un nivel crítico para su supervivencia. El guanaca, el pisamina y el nonuya cuentan con apenas un centenar de miembros y otros como el kawiyarí, el ocaina, el taiwano y el yauna rondan o sobrepasan por poco las doscientas personas.
Por su parte, la población afrocolombiana, con presencia en todo el país, es mayoritaria en el departamento del Chocó (74%) y hay un alto porcentaje en Cauca, Nariño y Valle. En estos tres departamentos vive el 44% de la población afrocolombiana del país. Los raizales viven en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. En cuanto a la población rom, se encuentra localizada principalmente en las ciudades de Barranquilla (40,5%), Cartagena, Cali y Bogotá.
Como consecuencia del proceso de negociación llevado a cabo entre el Estado y algunos grupos guerrilleros que se desmovilizaron a comienzos de la década de 1990 –uno de ellos, el Movimiento “Quintín Lame” de corte indigenista había insistido en la presencia de indígenas en las instituciones nacionales- se aprobó la Constitución en 1991 que reconoce con amplitud los derechos de los pueblos indígenas, tanto en el aspecto lingüístico (las lenguas y dialectos son oficiales en sus territorios, la enseñanza en ellos es bilingüe) como en el cultural y en lo referente a la tierra. En este aspecto se menciona que “las tierras de resguardo son inalienables, imprescriptibles e inembargables” y se reconoce como entidad territorial a los territorios indígenas.
La Carta Magna especifica que estos territorios gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, pueden gobernarse por autoridades propias, administrar recursos y establecer tributos y participar en las rentas nacionales, pero no faltaron juristas que consideraron que estas atribuciones sólo les daban capacidad de control, cooperación, promoción y coordinación, pero no de autoridad ejecutiva directa,[2] y que en ese carácter serían más bien instancias que podrían ser utilizadas por los municipios o departamentos para el desarrollo de las tareas que a éstos corresponden. La autonomía quedaba así muy devaluada en términos políticos puesto que, de hecho, en muchos casos las autoridades de los municipios no tenían en cuenta los valores culturales indígenas, tal y como tenía que reconocer el mismo gobierno a través de la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos: “Los títulos sobre sus resguardos en la mayoría de los casos no gozan del reconocimiento por parte de los funcionarios oficiales. Algunas instituciones y órganos de poder en las regiones no ven con buenos ojos la conformación de organizaciones zonales y regionales con voceros de varias comunidades empeñados en defender sus derechos étnicos y a sus territorios”.[3] Al conflicto con las municipalidades se sumaba otro entre los propietarios de grandes extensiones (que recurrían, y luego intensificaron esta política, a los escuadrones de la muerte ligados a los terratenientes) y las comunidades indígenas y otro más entre los intereses de pequeños campesinos y sus organizaciones como la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos, que deseaban la propiedad individual de terrenos, y los intereses de las comunidades indígenas que luchaban por la propiedad comunal de las mismas. Esa propiedad comunal era, y aún lo es, vista por ellos no sólo como garantía de la inalienabilidad del dominio, sino del mantenimiento de sus formas probadas de producción agrícola y la supervivencia de sus estructuras políticas, sociales y culturales. Incluso había otro factor de conflicto para los indígenas: la guerrilla, que supeditaba la emancipación indígena a su hipótesis de lucha de clases, tal y como había venido haciendo históricamente la guerrilla latinoamericana.
Cierto es que la Constitución acababa de comenzar a rodar, pero se ponía de manifiesto una tendencia existente que no iba a hacer más que ampliarse y consolidarse con el tiempo pese a que se seguían aplicando leyes, como la que en 1993 estipulaba que los resguardos indígenas (territorio con límites establecidos por la ley que es ocupado por uno o varios pueblos indígenas, es una creación colonial española que se ha mantenido como estructura administrativa a lo largo del tiempo) se beneficiarían de un porcentaje de los recursos presupuestarios del país mediante transferencias proporcionales a su población. La aprobación de estos derechos dio pie a una serie de reivindicaciones de las comunidades negras y también ese año de 1993 consiguieron la demarcación de sus territorios.
En total, a las comunidades indígenas se les ha reconocido legalmente 34 millones de hectáreas que están distribuidas en 710 resguardos (donde se asientan unas 800.000 personas) y a las negras 4 millones de hectáreas en 132 resguardos territoriales. Los datos oficiales dicen que estos resguardos ocupan el 30% del territorio de Colombia, pero hay una gran diferencia entre unos departamentos y otros y entre unos resguardos y otros. Así, en el departamento del Amazonas hay un resguardo que engloba a seis municipios con una extensión de más de cinco millones de hectáreas mientras que otros, especialmente en el sur del país, tienen una extensión que oscila entre las 60 hectáreas y las 12.000 hectáreas, lo que genera una gran precariedad para las comunidades que se asientan en ellos. Como dijo la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, muchos de los otorgamientos de tierras se habían hecho en terrenos baldíos y la situación se mantiene en la actualidad.
El proceso de paz iniciado en 1991 daba sus frutos, aunque muchos de los acuerdos puntuales y bilaterales del gobierno con los diferentes grupos guerrilleros quedaban sólo en el papel. Sin embargo, en cuanto a los pueblos indígenas es innegable que a lo largo de esos años, y hasta 1998, se fue dando cuerpo legal a los derechos reconocidos en la Constitución en una variada y hasta cierto punto extensa legislación al tiempo que se creaba la Comisión de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas, con presencia de éstos.
Si con el gobierno en cuanto tal la situación no era de especial enfrentamiento si lo era con el Ejército, los paramilitares (vinculados estrechamente a los terratenientes) y la guerrilla. Sólo entre octubre de 1996 y el mismo mes de 1997 fueron asesinados 25 dirigentes indígenas (que se sumaban a los 87 asesinados entre 1990 y 1996) y las comunidades se veían envueltas en una espiral de violencia en la que las fuerzas públicas de seguridad del Estado y los paramilitares se convertían en los principales verdugos, en un nivel muy superior al de la guerrilla, los narcotraficantes y la delincuencia común. Se producían ataques que tendían a desplazar a las poblaciones indígenas de sus asentamientos, llevándolas a incrementar el caudal de refugiados internos. Ante esta situación algunas comunidades indígenas anunciaron su neutralidad frente al conflicto armado, declarando que se negarían a colaborar con las partes armadas, aún con el Ejército. No todos tenían el mismo grado de responsabilidad en los ataques que sufrían los indígenas. La CIDH elaboró un informe en el que certificaba que el asesinato de indígenas, dirigentes principalmente, tenía como finalidad “amedrentarlos y apoderarse de sus tierras” y que la relación entre paramilitares y las fuerzas públicas de seguridad del Estado era, “a veces”, estrecha.[4]
En 1998 se produjeron dos hechos cruciales para dar un vuelco a una situación que venía siendo favorable a los pueblos originarios en el ámbito legislativo: la puesta en marcha del Plan Colombia y el comienzo de las negociaciones para formar parte del Área de Libre Comercio para las Américas (ALCA). El ALCA había sido diseñado en 1994 como parte de una estrategia de EEUU de convertir el continente americano en una sola área de libre comercio en el año 2005, para lo cual se eliminarían progresivamente las barreras al comercio y a la inversión y teniendo como precedente el suscrito ese mismo año entre Canadá, Estados Unidos y México, denominado Tratado de Libre Comercio de América del Norte. Las negociaciones para el ingreso de los diferentes países en esta estructura económica se iniciaron formalmente en abril de 1998 y a partir de ese momento, y en consonancia con la aplicación militar del Plan Colombia, se comenzó un desaforado proceso de aprobación de leyes que abrían espacios a uno y otro, ambos complementarios. El ALCA pretendía regirse por las normas de la Organización Mundial del Comercio, que establecen no restringir las operaciones militares en ningún país, por lo que se convertía en un elemento imprescindible para arropar la estrategia militar contra los grupos guerrilleros que habían rechazado la desmovilización y como protección incuestionable para el Ejército a la hora de combatir a quienes obstaculizasen los acuerdos que se alcanzasen en el ámbito económico.
Una de las primeras medidas que el gobierno puso en marcha en 1998 para allanar el camino hacia la firma del ALCA fue eliminar la necesidad de establecer las “licencias ambientales”, es decir, se terminaba con la obligatoriedad de que las empresas consiguiesen una autorización del ámbito competente para la ejecución de un proyecto, obra o actividad que pudiese producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje. Este hecho ya ponía sobre aviso a los pueblos indígenas, a pesar de contar con potestad para controlar este tema en sus resguardos, y pronto se llegó al conflicto puesto que la laxitud con que se aplicaba la “no licencia ambiental” comenzó a obstaculizar el desarrollo de la jurisdicción especial indígena para casos como el control de los recursos naturales, el territorio y el ejercicio de la autoridad indígena. Se comenzaba ya a hablar de la explotación de los recursos naturales a gran escala y comenzaban las contradicciones constitucionales sobre quién es el propietario del suelo y del subsuelo.
En Colombia los recursos minerales del subsuelo pertenecen al Estado, pero se considera como “reserva minera indígena” el área de los resguardos. En virtud de ello, los indígenas pueden pactar con terceros el desarrollo de actividades de exploración y explotación de recursos minerales, y sus autoridades tienen derecho a señalar dentro de las zonas mineras indígenas lugares no explorables ni explotables por su significado social o religioso.[5] Pero el gobierno hizo caso omiso de la ley y aprobó la explotación petrolera en territorio u’wa por parte de transnacionales y la compañía colombiana Ecopetrol. Era el principio de la aprobación de una serie de megaproyectos en todo el territorio colombiano y, por consiguiente, en los resguardos indígenas. La Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC), surgida en 1982, consideraba que los proyectos que se iban a iniciar tendrían una incidencia directa en casi la cuarta parte de las hectáreas de tierras indígenas, muchas de ellas en zonas de selva frágil como la Amazonía con lo que supondría un peligro añadido para la suma debilidad demográfica de los pueblos originarios de esa zona del país dado que casi la mitad de los pueblos que allí habitaban tenían en esos momentos una población inferior a los 500 miembros.
Si el ALCA estaba definido desde el primer momento no ocurría lo mismo con el Plan Colombia, diseñado como un proceso simultáneo a la negociación de paz que permitiera ir financiando proyectos sectoriales ligados a los acuerdos logrados. Apuntaba además a la rehabilitación e inversión principalmente en zonas afectadas por la violencia, cultivos ilícitos o de conflictos ambientales, sobre la base de una articulación de las comunidades y del Estado. Surgió estrechamente ligado al discurso político de paz del entonces presidente Andrés Pastrana. Sin mucha difusión, en su momento, el denominado Plan Colombia fue dado a conocer en diciembre de 1998 en Puerto Wilches y allí el presidente expresó que “la guerrilla podrá participar en la preparación, conformación y ejecución de los proyectos del Plan Colombia”.[6] Como elemento importante en el marco de una negociación de paz, el Plan Colombia formó parte de los preacuerdos entre el gobierno y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP) con anterioridad a su instalación oficial, el 7 de enero de 1999, y altos representantes del gobierno se lo expusieron así a la comandancia de esta organización guerrillera.[7] Eran los inicios de las conversaciones de paz que se iban a iniciar en San Vicente del Caguán y en las que se iba a hablar de casi todo pero con una mesa de relieve: política agraria integral, explotación y conservación de los recursos naturales y estructura económica y social.[8] Un hecho ante el que los sectores oligárquicos reaccionaron con rapidez y virulencia puesto que si se llegaba a un acuerdo se haría prácticamente imposible la aplicación del ALCA. A los tres meses de negociaciones se produjo la primera crisis, que daba inicio a la ruptura final: los militares criticaban las “excesivas concesiones” a la guerrilla, los empresarios hablaban sobre el hecho de que se había ofrecido a las FARC-EP “la posibilidad de co-gobierno” y EEUU exigía “un plan detallado de lucha contra la guerrilla”, lo que obligó a un reposicionamiento del gobierno, incapaz de resistir las presiones.[9] A partir de ahí se acentuó el aspecto militar del Plan Colombia y se incardinó con la aplicación de la normativa que impulsaba el ALCA.
Las negociaciones para constituir esta área de libre comercio a nivel continental se mantenían en secreto, aunque los países iban dando pasos hacia la firma definitiva adaptando sus normas en el sentido de lo que se había diseñado. De forma significativa, los únicos que ofrecían información sobre lo que estaba pasando eran los empresarios agrupados en el Foro Empresarial de las Américas.[10] No fue hasta el año 2000 que se hicieron públicos algunos de los documentos con los acuerdos adoptados. En ese momento los indígenas se comenzaron a dar cuenta que la tierra dejaba de ser el hábitat de las comunidades y se volvía una mercancía a ser aprovechada en función del mayor rendimiento posible, lo que llevó a la ONIC a tomar la decisión de retirarse de todas las mesas de negociación que mantenía abiertas con el gobierno sobre derechos humanos, concertación y territorios indígenas.
Los temores se convirtieron en realidad cuando el gobierno, ya presidido por Álvaro Uribe, presentó el Plan Nacional de Desarrollo 2002-2006, cuyos planes se incardinaban con los propuestos en el ALCA aunque de manera poco detallada para no levantar protestas entre los campesinos e indígenas. Se planteaba un PND con el propósito de “cerrar la brecha no sólo entre pobres y ricos, sino también entre la ciudad y el campo, entre hombres y mujeres, entre regiones, generaciones y grupos étnicos” pero dejando bien claro que se enmarcaba “en la búsqueda de un ALCA que sea un acuerdo equilibrado que contribuya a la eliminación de barreras innecesarias al comercio, que estimule el flujo de bienes, servicios e inversiones, y que mejore las disciplinas existentes en la Organización Mundial del Comercio”. De esta manera, la posición oficial se acogía a los presupuestos del ALCA promoviendo, a través del mismo, la integración económica y el libre comercio fundamentados en medidas ya conocidas en Colombia durante el proceso de apertura como disminuir las ayudas internas a los productores y eliminar las barreras arancelarias, pero sobre todo promover la liberalización de la circulación de mercancías y capitales en torno a un nuevo paradigma, el comercio internacional como regulador de todos los ámbitos incluido el social, ambiental y cultural. No solamente se dejaban de lado sus implicaciones políticas y socioeconómicas, sino lo más importante: el impacto sobre la supervivencia de sectores tradicionales como la economía campesina o las sociedades indígenas.[11]
Eso desató la ira de las comunidades indígenas y de sus organizaciones. Se consideraba que el gobierno tenía como objetivo la eliminación de los derechos culturales, organizativos y territoriales de los pueblos originarios y que, para lograrlo, no hablaba ya de derechos legítimamente adquiridos por los indígenas, sino de privilegios que había que desmontar. Dicho y hecho. Se aprobaron nuevas normas para los procesos de legalización de territorios, entre ellas la de que debía existir un “concepto etnológico” previo al inicio de cualquier trámite de resguardo o que cuando hubiese presencia de población campesina o negra en esos territorios susceptibles de ser legalizados no se podría continuar con los trámites. La ONIC fue contundente: “Todas estas medidas están claramente orientadas a frenar la legalización de los territorios indígenas a pesar de que su derecho ya ha sido reconocido en la Constitución Política. Y resulta claro que con ellas se va a legalizar la política de invasión de los territorios indígenas, motivada por grupos paramilitares puesto que es bien sabido que en varias zonas del país dichos grupos, a través de la colonización, pretenden desalojar a las comunidades indígenas para más adelante facilitar los procesos de siembra de cultivos ilícitos, realización de megaproyectos, explotación de recursos, monocultivos, entre otros”.[12] Para la organización indígena no era más que una nueva vuelta de tuerca para acomodar la legislación colombiana a las exigencias del ALCA, que se manifestaba en hechos concretos como la modificación de la ley de reforma agraria que favorecía a los grandes monocultivos agroindustriales y la ley forestal para permitir la colonización, la realización de megaproyectos y monocultivos. Uno de los elementos más polémicos y controvertidos de la ley forestal fue el establecimiento del denominado “vuelo forestal” -referente al bosque existente o una plantación futura, con independencia del suelo- con una condición jurídica independiente de la tierra para facilitar su enajenación aunque, formalmente, se excluía a los territorios indígenas.
Sin embargo, la resistencia de los diferentes pueblos latinoamericanos –Colombia no fue una excepción- y, sobre todo la decidida actitud de Brasil y, en menor medida, Venezuela en contra del ALCA dio al traste con la pretensión inicial. Ya no era posible crear un área de libre comercio desde Alaska a la Tierra de Fuego, por lo que EEUU optó por dar un viraje en su política e iniciar un proceso bilateral con aquellos gobiernos que le eran más afines. Uno de ellos, el colombiano. El 22 de noviembre de 2006 el Congreso aprobaba el Tratado de Libre Comercio con un texto que obligaba a Colombia a la mercantilización de todos los territorios y los recursos naturales, con lo cual, sin necesidad de mencionarlo expresamente, se ponía en cuestión el derecho de los pueblos indígenas a sus territorios ancestrales y sus recursos a pesar de afirmar el gobierno que había logrado que los Estados Unidos reconocieran la importancia de la biodiversidad y los conocimientos tradicionales asociados con ella: la soberanía del Estado sobre estos recursos, la necesidad de contar con el consentimiento previo del Estado y las comunidades tradicionales para obtener acceso al material genético relacionado con la biodiversidad y de distribuir equitativamente con las comunidades los beneficios obtenidos por el uso de recursos genéticos y de los conocimientos tradicionales. Como se verá más tarde, nada o muy poco de ello era cierto. Las movilizaciones no tardaron en producirse. En los departamentos de Cauca, Nariño, Valle, Tolima y Meta se inició una campaña de recuperación de tierras que fue violentamente reprimida, acusando a los indígenas de “terroristas”. El gobierno justificó su actuación como “legítima y legal” pese a haber aplicado una ley que había sido declarada inconstitucional. Sin embargo, para el Relator de Derechos Humanos de la ONU fueron “detenciones arbitrarias”.
En toda Colombia los pueblos indígenas expresaban su rechazo a la política económica que impulsaba el gobierno al calor del TLC. Los pueblos indígenas barí y u’wa se oponían a la explotación petrolera de sus territorios y este último pueblo reclamaba, además, la titulación de sus tierras como elemento clave para el desarrollo de su cultura de acuerdo con su visión del mundo. Lo mismo hicieron los nasa, guambiano, kankuamo, wiwa, kogui y sikuani enfrentándose al Estado ante la negativa a reconocerles sus derechos al territorio. Era un proceso que fortalecía el movimiento indígena y le consolidaba a nivel organizativo. El pueblo embera, uno de los más numerosos en Colombia con cerca de 100.000 personas, celebró su Congreso Nacional Embera con la asistencia de 3.000 personas provenientes de todos los departamentos del país reclamando, en el caso concreto de los embera chamí y embera katío, la titulación, saneamiento, ampliación y protección de resguardos y a nivel general reafirmando su rechazo absoluto a la modificación de la ley de reforma agraria que planteaba el gobierno.
Eso por la base. En las dirigencias, el gobierno inició un proceso de cooptación que logró buenos resultados, especialmente en la zona amazónica, descabezando algunas organizaciones y logrando que se redujese la presencia indígena en el parlamento e instituciones intermedias como consecuencia del hecho de haber pedido el voto para los partidos que sustentaban al presidente Uribe. Y ello pese a presentar estos partidos candidatos que apoyaban la firma del TLC y los megaproyectos en territorios indígenas en abierta contradicción con los puntos de consenso del movimiento indígena en su conjunto. Uno de esos dirigentes cooptados, awa, resultaría electo en el senado por el Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia y jugaría un destacado papel en la elaboración de leyes agrarias muy lesivas para los intereses indígenas como el Estatuto de Desarrollo Rural.
Desaparecía uno de los sectores más visibles de oposición. Daba la impresión que el gobierno había logrado controlar la disidencia interna y la crítica hacia el TLC cuando surgió un factor con el que no contaba: la oposición del Partido Demócrata de EEUU a que este país ratificase la firma. Dos elementos fueron determinantes para esta decisión, las nulas salvaguardas medioambientales, tal y como habían denunciado los pueblos indígenas, y el asesinato de sindicalistas. En un intento de contentar a los demócratas estadounidenses, Colombia volvió a reformar el texto del TLC sin que, de nuevo, se tuviesen en cuenta las demandas indígenas a pesar de que su postura se había visto refrendada con la declaración de inconstitucionalidad de la ley forestal, entre otras cuestiones por no haberse realizado la consulta previa con ellos como demanda el ordenamiento legal colombiano.
Era necesario entonces un nuevo Plan Nacional de Desarrollo para el cuatrienio 2006-2010, pero apareció con los mismos vicios que el anterior, reforzados. Se expandía la frontera agrícola, se proporcionaba seguridad jurídica ante las reclamaciones a los inversores y se daba carta blanca a la realización de un inventario exhaustivo de las riquezas contenidas en el subsuelo que desembocó en una subasta de títulos mineros (una sola empresa transnacional, Anglo Gold Ashanti, presentó a través de sus filiales colombianas 2.114 solicitudes en 21 departamentos que afectaban a una superficie superior a los cuatro millones de hectáreas)[13] que tocaba de lleno tierras indígenas embera en cuatro departamentos, Antioquia, Risaralda, Caldas y Chocó. En este último departamento, también en tierras del pueblo embera, se aprobaron zonas de exploración petrolífera.
El plan hace una declaración de principios: “este plan no copia el anterior, pero tampoco lo ignora”. Evidente, como el hecho de asentarse en la política de “seguridad democrática” impulsada por el presidente Álvaro Uribe desde el mismo momento de alcanzar la primera magistratura del país: “La seguridad democrática es también una herramienta para generar confianza, inversión y crecimiento. Hay un vínculo entre la seguridad y la cohesión social. La seguridad provee condiciones para la inversión, y esta permite que se alcancen objetivos sociales. La seguridad democrática es, por lo tanto, un medio para la erradicación de la pobreza. La seguridad y las libertades se requieren para que el inversionista tenga confianza. El crecimiento sólo se da cuando hay un respeto firme a los derechos más básicos: la vida, la libertad, la propiedad individual en un ambiente de conveniencia social. Es en este contexto que se da el crecimiento económico necesario para que crezca el empleo, para que crezcan los ingresos laborales y para que crezcan los recursos para la política social. Esto, junto con una política social efectiva, sella la unión entre todos los colombianos, y legitima la seguridad y las libertades públicas”.[14] Obsérvese la referencia a la propiedad individual. Nada por tanto sobre la propiedad comunal y colectiva de las comunidades indígenas aunque en el apartado que les dedica (20 páginas de un total de 740) hay una gama de declaraciones de intención sobre todos los aspectos de la vida societaria. En materia de territorialidad se identifican como “acciones prioritarias” formular un programa nacional de adquisición de tierras y mejoras “con base en los estudios existentes a la fecha” –con lo que ya se invalidaban y anulaban posteriores reivindicaciones- y las solicitudes realizadas por las comunidades, elaborar un estudio de caracterización territorial que sirviese de base para el diseño e implementación del Plan Nacional de Tierras, implementar mecanismos para permitir la solución concertada de los problemas de jurisdicción sobre territorios indígenas con las instancias pertinentes y apoyar el desarrollo de proyectos de conservación, recuperación y uso sostenible de los recursos naturales, ejecutados por los pueblos indígenas.[15] Todo ello, como no podía ser menos, con constantes apelaciones a la coordinación con las organizaciones de los pueblos originarios.
La realidad iba por otro lado. A través de la legislación transversal, de forma principal sobre los recursos naturales, se iban minando los derechos de las comunidades y los pueblos indígenas porque la política de libre comercio abunda en el efecto de ningunear los reconocimientos constitucionales e internacionales. Además, la justicia constitucional iba relajando la doctrina garantista de los derechos indígenas que elaboró inmediatamente tras la Constitución y las acciones militares de la larga y cruenta guerra civil no parecían sino una baza más del gobierno para avanzar en la agresión contra esos derechos. Tal vez lo más significativo de este ambiente fuese la aprobación del Estatuto de Desarrollo Rural (2007), que suponía el mayor golpe normativo y político que había recibido la población originaria en años. Las organizaciones indígenas lo catalogaron como “hijo de la parapolítica”, por el estrecho vínculo entre políticos y paramilitares puesto que fue tramitado con el aval de congresistas presos o investigados por esos vínculos.
El Estatuto de Desarrollo Rural adecuaba la legislación agraria y la configuración territorial del país a las exigencias del TLC con EEUU, permitía a los latifundios ociosos eludir la extinción de dominio y representaba una auténtica contrarreforma agraria en beneficio de terratenientes y empresarios agrícolas. Incluso la Procuraduría General de la Nación advirtió en su momento que “podría prestarse para el lavado de activos”, en referencia a los paramilitares que se habían hecho con tierras. La única representante indígena en el Congreso, una wayúu, dijo en la votación que con esa ley se legalizaban las tierras adquiridas con escrituras fraudulentas. La ONIC añadió que suponía un atropello a normas y derechos fundamentales para los pueblos indígenas reconocidos constitucionalmente como la libre determinación y el manejo y control de los territorios, así como “un cambio de los usos del suelo”. La Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria (FENSUAGRO) manifestó su rechazo al estatuto rural por considerarlo “una ley excluyente, marginal, que además perpetuará el gran latifundio mafioso y especulativo, generando de paso un mayor y criminal desplazamiento de miles de pobladores rurales”.[16]
El tema de la legalización de las escrituras fraudulentas que mencionaba la diputada wayúu era el más grave. Consiste en un título, aunque no hubiese sido expedido por ninguna autoridad con potestad para ello, que se considera válido si tiene más de cinco años aunque la tierra haya sido conquistada por medios ilícitos y criminales, algo corriente en Colombia donde la Contraloría Estatal –órgano encargado de examinar la legalidad y corrección de los gastos públicos- reconoció que más de 4 millones de hectáreas fueron ocupadas por estos grupos paramilitares mediante métodos violentos. El escándalo era de tal calibre que el gobierno buscó un cierto aval por parte de los grupos indígenas convocando la Comisión de Territorios Indígenas, pero los representantes abandonaron la reunión al constatar que lo que en realidad se pretendía era una legitimación del Estatuto de Desarrollo Rural. De haberlo hecho, habrían dado carta de naturaleza a una práctica expoliadora puesto que por el contenido del Estatuto los pueblos waunan, embera, eperara, tule y awá veían seriamente amenazados sus derechos; los pueblos nuhkak y yuri, nómadas o seminómadas, tendrían que sedentarizarse o limitar su nomadeo únicamente a las zonas en las que lo han venido haciendo durante años de forma “regular y permanente”, sin tener en cuenta un hipotético cambio territorial por razones de caza, en un proceso similar al ya iniciado por los sikuani y tsiripu, quienes se habían visto obligados a abandonar su tradición nómada para poder constituir un resguardo territorial propio. A todo ello se sumaba la criminalización de las ocupaciones de tierras: “El Ministerio del Interior y de Justicia-Dirección de Etnias, se abstendrá de autorizar, iniciar o subsidiar los procedimientos de negociación directa o de expropiación previstos en esta ley si los predios rurales respectivos, pretenden ser reivindicados o adquiridos por medio de la violencia. Las mejoras adquiridas en esas condiciones, pasarán a ser propiedad de los legítimos dueños de la tierra”.[17]
Los puentes con los pueblos indígenas estaban muy deteriorados, pero se rompieron con una decisión que dejaba bien a las claras las intenciones del gobierno: Colombia se abstuvo en la votación de la ONU sobre la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas. Fue uno de los 11 países que lo hicieron y a punto estuvo de votar en contra junto a su aliado EEUU. Hasta el último momento procuró, de forma conjunta con EEUU, que no se incluyese en la DDPI el derecho a la libre determinación y planteó modificaciones varias al articulado en cuestiones tan sensibles como tierras, territorios y recursos sin perder de vista el objetivo central de la política del gobierno de Álvaro Uribe, la “seguridad democrática”, de ahí que hiciese casi lo imposible por lograr que no se restringiese la presencia militar en los territorios indígenas. Finalmente, no se atrevió a votar en contra de la DDPI pero los pueblos originarios tomaron buena nota y rompieron todos los “espacios de concertación” con el gobierno que habían sido diseñados por éste en el PND. No tenía ningún sentido hablar con quien les conculcaba derechos y le pusieron una condición para retomar el diálogo: adoptar la DDPI como parte fundamental del ordenamiento jurídico interno de Colombia.
La DDPI fue adoptada por la ONU en septiembre de 2007. Bajo su aval, aunque no hubiese sido votada por Colombia, en diciembre los indígenas iniciaron una campaña de recuperación de tierras en poder de los terratenientes en el departamento del Cauca. Cerca de 10.000 indígenas se dedicaron a recuperar sus tierras ancestrales. La respuesta del Gobierno fue la violencia y la acusación de vínculos con la guerrilla de las FARC-EP. La movilización se extendió a otros departamentos como Tolima y en muchos lugares se impulsaron reclamaciones judiciales por parte de los pueblos embera chamí, wiwa, awá, kankuamo y kogui en contra de actividades económicas a gran escala en sus territorios. Se producía en la práctica una división de las luchas. Mientras en la zona andina se luchaba por la tierra contra los terratenientes en la amazónica se luchaba por la conservación y defensa de los territorios contra los hacendados, madereros y mineros. Al calor de estas movilizaciones la ONIC realizó un congreso de enorme trascendencia: terminó con un llamamiento a la desobediencia legislativa frente a las leyes agrarias que facilitaban aún más la ejecución de megaproyectos del tipo palma aceitera, banano y plátano, con lo que se reforzaba la alianza con los sectores campesinos no indígenas, otro llamamiento a “liberar la madre tierra” y se tomó la iniciativa de iniciar la transformación de la ONIC en un órgano de “gobierno propio” –el Consejo de Gobierno- que trataría directamente con el Estado en igualdad de condiciones, en el marco de una reforma que incluyese la conformación de un parlamento indígena y de un Consejo Nacional de justicia indígena.[18]
Había que dar tiempo para que estas resoluciones de calado llegasen a todas las comunidades indígenas, se habían logrado algunas victorias como que la justicia obligase a la derogación de la ley forestal y el Estatuto de Desarrollo Rural por inconstitucionales[19] (las dos iniciativas en materia agrícolas más importantes para el gobierno, que elevó aún más el importante enfrentamiento que mantenían el Ejecutivo que presidía Álvaro Uribe y la Corte Constitucional por la “parapolítica”)[20] y más de medio año después volvieron las marchas indígenas con un marcado carácter político: denuncia de la connivencia gubernamental con los paramilitares y el repetitivo asesinato de indígenas, campesinos, afrocolombianos, sindicalistas y jóvenes de los suburbios, algunos de ellos presentados como “falsos positivos”; exigencia de protección de los derechos territoriales de las comunidades vulnerados por las empresas extractivas y agronegocios promocionados por el gobierno, y crítica del neoliberalismo no sólo económico, sino cultural y político. Y tal vez lo más importante: la necesidad de reconstruir moral y democráticamente a Colombia y de formular un nuevo modelo de desarrollo incluyente. De forma significativa, recuperaron el término quichua “minga”, trabajo colectivo, para denominar su movilización. En ella, con un papel protagonista innegable del Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), participaron los pueblos nasa-paez, guambiano, coconuco, yanacona y embera, asistieron representaciones a nivel de dirigencias de otros pueblos y a la misma se sumó un importante sector de la población afrocolombiana.
La respuesta del gobierno fue al principio intentar su deslegitimación afirmando el mismo presidente Uribe que “siendo un 3% de la población, poseen el 27% del territorio nacional”, lo que convertía a los indígenas en “los verdaderos terratenientes del país y no los paramilitares”.[21] Una manipulación muy al estilo de otros dirigentes latinoamericanos, por ejemplo en Perú, que también tienen intereses en que se firme un TLC con EEUU. En el caso de Colombia es conocido, y así está referenciado por múltiples instancias de todo tipo que el 90% de esos territorios son las selvas húmedas en el Amazonas; o páramos andinos en el Pacífico (las principales reservas de agua del país, donde nacen los principales ríos), o desiertos como el de la Guajira o tierras agotadas por el sobrepastoreo que le dieron los ganaderos, antes de que los indígenas iniciaran sus luchas para recuperar estas tierras de sus resguardos en la década de 1970.[22] Es decir, en su mayoría es tierra no cultivable. Por ello, los indígenas tampoco se quedaron cortos en la contundencia de su contestación: “El presidente y el ministro de Agricultura manipulan cifras e interpretan diversos hechos de manera distorsionada para que otros sectores y la ciudadanía en general perciban que recibimos privilegios inmerecidos o que, peor aún, somos culpables de sus problemas y dificultades. Esto es falso y no tiene sustento en la realidad. La pobreza y la injusticia social nos afectan a todos y son responsabilidad de las políticas de Estado de las que somos víctimas”.[23]
Se desmontó la campaña gubernamental de deslegitimación y el gobierno recurrió a su gran arma, la criminalización. El presidente Uribe decretó el estado de conmoción interior que faculta al gobierno a adoptar cuantas medidas estime necesarias y proporcionadas, pudiéndose incluso llegar a suspender temporalmente la vigencia de leyes mediante meros decretos. Las acusaciones gubernamentales sobre la “infiltración” de las movilizaciones indígenas por las FARC-EP aumentaron[24] aunque se añadía una preocupación especial por el hecho de que en las movilizaciones se hubiese incluido un rechazo expreso al TLC con EEUU. Pero pese a la represión, con muertos incluidos, el gobierno se vio obligado a retroceder. El 4 de noviembre de 2008 el presidente Uribe ofreció la compra de tierras a indígenas paez y guambiano para solucionar una parte del conflicto (uno de sus orígenes se remontaba a una masacre cometida por el Ejército en 1991, sancionada por una sentencia de la CIDH que ordenaba al Estado a una reparación a la comunidad afectada consistente en la titulación de propiedad de 23.000 hectáreas de las que en el momento de la marcha sólo se habían entregado cerca de 16.000 aunque habían transcurrido dieciséis años de aquello; a estas tierras se refería la oferta presidencial) y la instalación de una mesa de diálogo con representantes indígenas para tomarse en consideración la posibilidad aceptar la DDPI de la ONU. Esta era una de las peticiones de la “minga” indígena junto a la autonomía política en sus territorios, un diálogo sobre el TLC, rechazo a la política de “seguridad democrática” por haber provocado la militarización de sus tierras y el inicio de un proceso de paz con la guerrilla para solucionar un conflicto armado que también les afecta a ellos. El gobierno, que no había tenido en cuenta a los indígenas durante años, mucho menos a la hora de abstenerse en la votación en la ONU, parecía rectificar en su política.
Parecía, puesto que pronto anunció que en la mesa iban a estar expertos propuestos por el gobierno para ajustar la DDPI a “salvedades en tres puntos constitucionales”: el subsuelo (“perteneciente a todos los colombianos y no a ningún grupo étnico particular”), la presencia de la Fuerza Pública (“hay que buscar enlaces constructores de confianza entre las comunidades indígenas y las Fuerzas Armadas de Colombia, en todos los sitios de presencia de las poblaciones indígenas”) y la consulta previa (“el Gobierno Nacional está de acuerdo con las consultas, sin que ellas tengan la posibilidad de veto”).[25] El uso de la expresión “grupo étnico”, recurrente en toda la administración Uribe, quita fuerza al concepto de “pueblo” y, de esta forma, se elimina el derecho a la libre autodeterminación. La mención al Ejército vuelve a poner de relieve el eje central de toda la política, la “seguridad democrática”, con una presencia militar que se considera poco menos que innegociable y permanente. Si la consulta no tiene capacidad de veto ¿para qué sirve? Los pueblos indígenas mencionados a lo largo de esta exposición de país han venido manifestando por activa y por pasiva su rechazo a la política extractivista de los recursos del subsuelo, por lo que la mesa pretendida por el gobierno no tenía otra finalidad que salvar la cara y se quedaba en la mera consulta informativa, un “hemos decidido esto y punto”. Eso de que la consulta tiene que ser “de buena fe”, como recoge el Convenio de la OIT, ratificado por Colombia y por ello obligatorio como norma jurídica interna, no va con el gobierno.
Además, el Ejecutivo presidido por Uribe hacía piña con las grandes empresas agroindustriales que controlan, por poner un ejemplo, 230.000 hectáreas del valle del Cauca que no han sido transferidas a los indígenas, pese a las promesas en ese sentido, y en las que se siembran productos rechazados por ellos como la caña de azúcar para producir biocombustibles. Los agroempresarios y el gobierno aducen que estas tierras se vuelven improductivas porque los indígenas no las hacen trabajar al ritmo de las grandes empresas modernas sin tener en cuenta la cosmovisión, el que por tradición y visión del mundo, el manejo de la tierra por los indígenas es muy diferente a los pretendidamente usos “modernos” y capitalistas. Un comentario publicado en el periódico de más prestigio en Colombia dice todo de un pensamiento que no es individual, del firmante, sino representante de un colectivo, el criollo-oligárquico en ese país y en el resto del continente que habla del pensamiento racista y supremacista en el que se sustenta el rechazo a las reclamaciones y reivindicaciones indígenas: “La exigencia de más tierra para ellos es una locura. Hablemos sin eufemismo, pero los indígenas por lo que menos se caracterizan es por ser trabajadores. Así, algunos pretendan descalificar estas palabras, los nativos colombianos desde la época de la conquista han demostrado no gustarle mucho el trabajo, de ahí, que los españoles se vieron abocados a traer esclavos de África. Por lo tanto, la entrega de tierra es contraproducente. Ellos, entienden en su ‘malicia indígena’ que si el Estado colombiano les entrega tierras cada vez que protesten, lo más seguro es que al paso que vamos ni siquiera Bogotá va hacer suficiente en el futuro para satisfacerlos”.[26]
Mientras los medios de comunicación hacían lo posible por denigrar los objetivos de la “minga” indígena el gobierno se embarcaba en costosas campañas publicitarias sobre el número de tierras entregadas, extensión, reconocimiento de derechos, protección social y bondades de un TLC que era, en cualquier caso, “innegociable”.[27] Sin embargo, todos esos esfuerzos ya no lograban evitar que las críticas le llegasen desde todos los lados. Colombia se encontraba ante la espada y la pared a nivel interno e internacional. En el plano interno, el mes de enero de 2009 la Corte Constitucional emitió un fallo revolucionario sobre varios aspectos cruciales para los indígenas: el peligro de exterminio físico o cultural como consecuencia del conflicto armado interno; procesos territoriales y socioeconómicos conexos al conflicto armado, directos o indirectos; el interés de los actores no indígenas sobre la tierra indígena, derivado de factores como los recursos naturales, su valor militarmente estratégico, su valor económico o la distancia de centros urbanos por unas partes interesadas “que pueden ser actores armados o no armados, legales e ilegales, y a menudo se entrelazan”, y el desplazamiento forzado.
La Corte Constitucional entendía que se había producido “una violación severa y simultánea de múltiples disposiciones constitucionales, que afectan tanto los derechos fundamentales individuales de las personas pertenecientes a los pueblos indígenas afectados por el conflicto armado y el desplazamiento forzado, como los derechos fundamentales colectivos de estas etnias” y que ello implicaba, así mismo, “un incumplimiento grave de los deberes de prevención y protección del Estado colombiano, y activa obligaciones de actuación inmediata en los ámbitos preventivo y de atención”[28]. El fallo repasaba todos los derechos reconocidos a los pueblos indígenas en la Constitución y llegaba a la conclusión que se habían violado casi todos ellos, por lo que ordenaba (sic) a los organismos responsables del gobierno el diseño e implementación de un Programa de Garantía de los Derechos de los Pueblos Indígenas Afectados Por el Desplazamiento en que se deberían aplicar los parámetros constitucionales de participación de las organizaciones que abogan por los derechos de los pueblos indígenas, así como de líderes de los pueblos originarios más afectados por el desplazamiento y, junto con ello y de forma coordinada, “unos planes de salvaguarda étnica ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado para cada uno de los pueblos identificados en la presente providencia: Wiwa, Kankuamo, Arhuaco, Kogui, Wayúu, Embera-Katío, Embera-Dobidá, Embera-Chamí, Wounaan, Awá, Nasa, Pijao, Koreguaje, Kofán, Siona, Betoye, Sikuani, Nukak-Makú, Guayabero, U’wa, Chimila, Yukpa, Kuna, Eperara-Siapidaara, Guambiano, Zenú, Yanacona, Kokonuko, Totoró, Huitoto, Inga, Kamentzá, Kichwa y Kuiva”. En total, 34 pueblos de los 84 reconocidos oficialmente en Colombia. La política de la administración Uribe respecto a los pueblos originarios quedaba por los suelos. Lo relevante no sólo era la sentencia en sí, sino el hecho de haber tenido como referente para su elaboración toda la documentación aportada por la ONIC. En ella se recoge, por ejemplo, que de 2002 a 2009 –etapa de Álvaro Uribe en la presidencia del país- habían sido asesinados en Colombia 1.032 indígenas.[29]
En el ámbito internacional las cosas no le iban mucho mejor, por lo que no tuvo más remedio que anunciar su adhesión, con matices, a la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU. Fue en mayo de 2009 en el marco del Foro Permanente de Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas. Su representante dijo que el gobierno había enviado una nota al Secretario General de las Naciones Unidas expresándole el apoyo de Colombia “a los derechos afirmativos y especiales de los pueblos indígenas, a la promoción de la libre determinación y al respeto del pluralismo y de la diversidad étnica y cultural”, razón por lo cual expresaba “su apoyo unilateral a la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, a su espíritu y a los principios que inspiran su contenido” no sin reiterar que lo hacía “a pesar de que esta Declaración no es una norma jurídicamente vinculante para el Estado, ni constituye prueba alguna de la conformación de disposiciones de naturaleza convencional o consuetudinaria vinculantes para Colombia, se encontró que algunos aspectos de esta Declaración entran en franca contradicción con el orden jurídico interno colombiano, lo cual llevó al Estado colombiano a abstenerse de votarla[30]. Lo dicho, aceptaba la DDPI con matices y a regañadientes.
Colombia intentaba curarse en salud ante la anunciada visita del Relator Especial de Naciones Unidas sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas, dos meses más tarde. Pero al gobierno no le salió muy bien la jugada puesto que el Relator no sólo ratificó punto por punto un informe anterior de 2004, afirmando con rotundidad que “la situación de los derechos humanos de los indígenas de Colombia es grave, crítica y profundamente preocupante”, sino que añadía que esa evaluación [del informe de 2004] sigue siendo aplicable hoy, a pesar de algunas iniciativas importantes del Gobierno de Colombia durante los últimos años”.[31] Esto lo dijo en el país, antes de retornar a la ONU y ponerse a elaborar el informe final, que sólo estaría listo un año más tarde. Aprovechando esta visita del Relator Especial, el Representante en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, afirmó que la situación en Colombia es “grave, crítica, dramática y profundamente preocupante y no hay suficiente conciencia en la sociedad sobre la tragedia que afecta a estos pueblos originarios”.[32]
El presidente Uribe se había amparado hasta ese momento en su alta popularidad entre la población –en lo que ha tenido mucho que ver el papel jugado por los medios de comunicación- para arremeter contra las propuestas indígenas, negras y campesinas y todo aquello que se mostrase crítico con su política neoliberal y de “seguridad democrática”. Pero el año 2009 fue el comienzo del fin de toda una carrera política basada en el desprecio hacia el crítico y adversario político. El escándalo de los llamados “falsos positivos”, los casos de corrupción y prácticas clientelistas dentro de los diferentes estamentos del Estado con implicación directa de dos hijos del presidente, el aumento del paro debido al estancamiento de la economía, la quiebra del sistema de salud, la agresiva política exterior hacia Venezuela y Ecuador y la instalación de bases militares de EEUU en territorio colombiano hicieron que se terminara la luna de miel con la opinión pública e, incluso, estamentos políticos e institucionales que no solo le habían apoyado sino adulado.
Los más críticos resultaron ser los jueces. Un sector de ellos, al menos. No sólo por fallos como los de la Corte Constitucional contra algunas de sus leyes, verdaderos “buques insignia” de la política de la Administración Uribe cuando fueron aprobadas, sino los de la Corte Suprema de Justicia al intentar limpiar el aparato del Estado de relaciones con el narcotráfico y el paramilitarismo vinculando a políticos con todo ello y acusándoles de “crímenes contra la humanidad”. También algunos jueces de departamentos, como en Chocó, donde su Tribunal Administrativo ordenó que once empresas agrícolas y ganaderas devolviesen a las comunidades negras las tierras que habían usurpado por medios violentos. Por el contrario, seguía habiendo jueces que reinterpretaban aspectos constitucionales, como la exención del servicio militar para los indígenas, en los que se apoya el Ejército para establecer programas como la red de informantes, los soldados campesinos y los “soldados por un día” para niños, niñas y jóvenes –calificados como “programas con carácter voluntario” por el Ministerio de Defensa y que son parte fundamental de la política de defensa y “seguridad democrática”- que luego provocan represalias por parte de la guerrilla.
Amparados por esa actitud crítica de un sector de los jueces, los pueblos indígenas volvieron a movilizarse en contra de la política agraria del gobierno, ahora favoreciendo la plantación de agrocombustibles. Una nueva “minga” indígena en la que ya se incluían de forma abierta y decidida campesinos negros y mestizos abogando por un orden económico, jurídico y político muy diferente del existente en Colombia y en la que se ofrecían cifras sobre la pobreza estructural de la sociedad colombiana (54% de media nacional, en el caso de los indígenas el 63% y prácticamente la mitad de la población indígena sin posibilidad de cubrir sus necesidades alimenticias mínimas diarias), inaccesibilidad a los servicios de salud (14’7% a nivel nacional, en el caso de los indígenas el 32’4%) y analfabetismo (7’9%, en el caso de los indígenas el 17’7%) que reflejaban una realidad social muy diferente a la recogida en las estadísticas oficiales.[33]
Resultaron ser, además, unas cifras conservadoras. El Relator Especial de la ONU para los Derechos Humanos de las Poblaciones Indígenas hizo público en enero de 2010 el informe de la visita reseñada más arriba.[34] Por no abundar en los detalles, reflejaba que en temas como la mortalidad materna si la media en Colombia era del 73’1 de muertes por cada 100.000 nacidos vivos en el caso de los indígenas las cifras oscilaban entre el 125’9 del Cauca, el nivel más bajo, y el 386 de Guainía, el más alto, similitudes que se mantenían en la mortalidad infantil (15’6 de cada 1.000 nacidos vivos a nivel nacional, 21’2 en Cauca y 40’5 en Guanía). El Relator reconocía los esfuerzos del gobierno en algunos aspectos sociales y su disposición a reconocer los derechos de los indígenas, pero indicaba que ello no se llevaba a cabo con la urgencia que requería la situación. Recomendaba avanzar en la adopción de políticas públicas y leyes centrales y adecuadas para el cumplimiento de los derechos de los pueblos indígenas, “incluida una ley sobre los procedimientos de consulta, con la participación plena y efectiva de las autoridades y representantes indígenas”, en un proceso que debería ser “compatible con los estándares internacionales de derechos de los pueblos indígenas”; urgía al Estado a buscar una salida negociada al conflicto armado con inclusión de la sociedad civil “y en especial a las autoridades indígenas, para la construcción de una paz verdadera y duradera en Colombia”, y a adoptar todas las medidas necesarias “de acuerdo con los principios internacionales de derechos humanos”, para investigar seriamente las violaciones a los derechos humanos de los pueblos indígenas y llevar a la justicia a los responsables, así como a asegurar la no repetición de hechos similares. A la guerrilla le reclamaba abstenerse de reclutar niñas y niños indígenas en actividades relacionadas con las hostilidades por considerarlo “una grave violación de derechos humanos y derecho internacional humanitario” y a la Fuerza Pública le pedía respetar la autonomía de los pueblos indígenas y concertar con las autoridades indígenas “las condiciones de cualquier presencia necesaria dentro sus territorios, de conformidad con el artículo 30 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas”. En lo referente a la tierra, el Relator consideraba que el Estado debía “aclarar con prontitud” las competencias de las autoridades en los procesos legales sobre resguardos para garantizar el carácter inalienable, inembargable e imprescriptible de los territorios indígenas y “armonizar la política pública de desarrollo económico del país, en especial en lo que se refiere a los ‘megaproyectos’ relativos a la extracción de recursos o infraestructura, con los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas” siguiendo la línea marcada por la Corte Constitucional sobre la consulta previa en este y otros aspectos.
Lo mismo, aunque de un modo más drástico, solicitó la OIT en su informe de revisión sobre el cumplimiento del Convenio 169: “suspender inmediatamente la implementación de proyectos que afectan a las comunidades indígenas y afrodescendientes hasta que no cese toda intimidación en contra de las comunidades afectadas y sus miembros y se asegure la participación y consulta de los pueblos afectados a través de sus instituciones representativas en un clima de pleno respeto y confianza”.[35]
Las críticas, a pesar del alto nivel de dónde provenían y la contundencia de las mismas, no hacían mucha mella en el gobierno, empeñado en su política económica neoliberal, el TLC y lo que fuese hasta el extremo de retorcer la sentencia de la Corte Constitucional sobre el derecho indígena a la consulta previa. El gobierno decía que consultaba con las comunidades indígenas. Es cierto, había consulta, sí, pero con “indígenas no representativos de las comunidades y por procedimientos que no garantizaron un consentimiento previo, libre e informado”, según volvió a sentenciar la Corte ante una práctica común del gobierno sobre las actividades extractivas. La Corte declaró nulas las consultas realizadas en estas condiciones, disponía la suspensión de las actividades empresariales realizadas con esta cobertura ilegal y ordenaba “a todas las autoridades” el cumplimiento de la sentencia, de forma especial en la explotación y exploración de cobre, oro, molibdeno y otros minerales que se realizaban en los departamentos de Antioquia y Chocó.[36] El hecho de que hubiese sido el Ministerio del Interior y Justicia quien hubiese organizado esas consultas daba un relieve especial a cómo se interpreta toda la cuestión económica y al papel determinante que tiene el aparato militar a la hora de imponer acuerdos que, de hecho, facilitan la presencia invasora de las empresas extractivas. La Corte lo mencionaba, y ordenaba (sic) “al Ministerio de Defensa Nacional que analice objetivamente y subsane las razones por las cuales las comunidades indígenas y afrodescendientes que ancestralmente habitan en la región irrigada por los ríos Jiguamiandó, Uradá y Murindó, no perciben el ingreso de la Fuerza Pública en sus territorios como garantía de seguridad”.
En esta situación es en la que en el momento de escribir este libro se está produciendo en Colombia el relevo presidencial. Las elecciones fueron ganadas por quien fuese ministro de Defensa de Uribe, Juan Manuel Santos, lo que no ofrece buenas perspectivas a la hora de un cambio significativo en la política impulsada por su predecesor en lo referente a los pueblos indígenas. Antes de producirse el relevo se aprobó una directiva presidencial sobre la consulta previa calificada como “un ejemplo mundial” para su discusión en el Congreso que fue recibida por los indígenas con escepticismo, de una parte, y abierto rechazo, de otra, al considerar que se vuelven a desconocer los estándares internacionales sobre la consulta previa. Cómo aborde el nuevo presidente y su gobierno este tema será un indicativo muy visible sobre si hay un cambio de rumbo voluntario, no obligado por instancias internacionales o por movilizaciones indígenas, o se mantiene la cerrazón respecto al reconocimiento de los derechos de los pueblos originarios en Colombia.
[1] Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas. Colombia una nación multicultural, su diversidad étnica. Mayo de 2007. http://www.dane.gov.co/files/censo2005/etnia/sys/colombia_nacion.pdf
[2]Víctor Manuel Moncayo.  “El Régimen Territorial en la Constitución de 1991” en el número 8 de “Política”, Universidad Nacional de Colombia, diciembre 1991.
[3]Consejería Presidencial para los Derechos Humanos.  “Derechos Humanos, Reflexión y Acción 3”,  Bogotá, septiembre 1991.
[5] Decreto 710 de 1990. Diario Oficial No. 39.270, del 1 de abril de 1990. Reglamentación parcial del Código de Minas.
[6] El Espectador, 6 de enero de 1999.
[7] Ibid.
[8] Alberto Cruz, “El dilema de la paz: renuncia a las armas o reformas estructurales” en “Colombia ante los retos del siglo XXI. Desarrollo, democracia y paz”, Manuel Alcántara Sáez y Juan Manuel Ibeas Miguel (ed.). Ediciones Universidad de Salamanca. Salamanca 2001.
[9] Ibid.
[13] Tribunal Permanente de los Pueblos. Sesión sobre empresas transnacionales y derechos de los pueblos en Colombia (2006-2008). Segunda audiencia. Medellín, 10-11 de noviembre de 2006.
[15] Ibid.
[18] VII Congreso de la ONIC. Diciembre 18-22 de 2007. http://www.onic.org
[20] La “parapolítica” es la conexión entre legisladores y políticos con paramilitares. La justicia comenzó a investigar esta relación y halló vínculos en 70 congresistas, en su mayoría vinculados al partido del presidente o a organizaciones que lo apoyan. 29 de ellos fueron encarcelados.
[22] Ibid.
[24] El Espectador, 15 de octubre de 2008. http://www.elespectador.com/node/84029/
[29] Ibid. El asesinato de indígenas por parte de los sectores armados en Colombia, bien sea del Ejército, paramilitares o guerrilla no se ha incluido en este libro puesto que es de tal envergadura que por sí solo habría necesitado no ya el espacio que se dedica a este país, sino un libro entero. No obstante, de ello hay referencias sobradas y extensas que se pueden consultar en las mismas páginas web de las diferentes organizaciones indígenas colombianas, de organizaciones de derechos humanos o de la propia ONU, incluida su Misión en Colombia cuya página web recoge uno de los últimos informes sobre ejecuciones sumarias y extrajudicialeshttp://www.nacionesunidas.org.co/index.shtml?apc=i1-----&s=n&x=58590. También se han dejado de lado, por las mismas razones, las referencias al Plan Colombia, pese a ser un instrumento fundamental en el desarrollo de toda la política económica y de “seguridad democrática” en la que se sustenta. Tampoco se aborda el asesinato de sindicalistas, la cuestión del narcotráfico y el cultivo de sustancias ilegales o la macabra política oficial de los llamados “falsos positivos” por lo mismo. Sobre los “falsos positivos” se puede ver el documento secreto del Ministerio de Defensa que los ponía en práctica enhttp://www.justiciaporcolombia.org/sites/justiciaporcolombia.org/files/u2/DIRECTIVA_MINISTERIAL_COLOMBIA.pdf
[30] Bartolomé Clavero, “Colombia comprometida (por su propio gobierno doblemente”, Alai, 22 de mayo de 2009http://alainet.org/active/30503
[33] Autoridad Nacional de Gobierno Indígena. ONIC. Agosto de 2009. http://www.onic.org.co/
[34] Consejo de Derechos Humanos, 15º período de sesiones. La situación de los pueblos indígenas en Colombia: seguimiento a las recomendaciones hechas por el Relator Especial anterior. A/HRC/15/34. 8 de enero de 2010.
[35] OIT. Conferencia Internacional del Trabajo, 99.ª reunión, 2010. Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169). Colombia.